La NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010 establece las especificaciones generales para el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados con información comercial y sanitaria. A continuación, se presenta un resumen de los aspectos más importantes que deben cumplir las etiquetas:
1. Información Obligatoria en la Etiqueta
La etiqueta debe contener información clara, visible e indeleble, presentada en colores contrastantes, que sea fácil de leer por el consumidor en condiciones normales de compra y uso.
a) Nombre o Denominación del Producto
Debe corresponder a la establecida en los ordenamientos jurídicos específicos o, en ausencia de estos, el nombre de uso común o una descripción de las características básicas del producto.
b) Lista de Ingredientes
Debe incluirse en orden cuantitativo decreciente y precedida por el término "Ingredientes". Se deben declarar también los ingredientes compuestos y los aditivos que puedan causar alergias o intolerancias.
c) Contenido Neto y Masa Drenada
El contenido neto y, cuando aplique, la masa drenada deben declararse en unidades del Sistema General de Unidades de Medida.
d) Nombre y Dirección del Responsable del Producto
Debe indicarse el nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del responsable del producto.
e) País de Origen
Se debe incluir una leyenda que identifique el país de origen del producto, como "Hecho en...".
f) Identificación del Lote
Cada envase debe llevar la identificación del lote a que pertenece el producto, con una indicación en clave que permita su rastreabilidad.
g) Fecha de Caducidad
Debe declararse claramente en el envase o etiqueta, y debe incluirse cualquier condición especial de conservación que sea necesaria para mantener la validez de la fecha.
h) Declaración Nutricional
Es obligatoria y debe incluir el contenido energético, proteínas, carbohidratos disponibles (incluyendo azúcares), grasas (incluyendo grasas saturadas), fibra dietética y sodio.
2. Presentación y Legibilidad
La información debe ser presentada de manera que no induzca a error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del producto. Las etiquetas no deben utilizar palabras, textos o imágenes que puedan confundir al consumidor sobre el producto.
3. Idioma
Toda la información obligatoria debe presentarse en idioma español, aunque puede aparecer en otros idiomas siempre que la información en español sea igualmente visible.
4. Declaraciones de Propiedades
Se deben seguir las directrices para no inducir a error o engaño al consumidor sobre las propiedades del producto. Se prohíben las declaraciones que no puedan comprobarse o que sugieran que una alimentación equilibrada no puede proporcionar los nutrientes necesarios.
5. Instrucciones para el Uso
Deben incluirse cuando sean necesarias para asegurar una correcta utilización del producto.
6. Información Adicional
Puede presentarse cualquier información adicional o representación gráfica siempre que no contradiga los requisitos obligatorios de la norma .
Cumplir con estos requisitos no solo asegura que los productos sean transparentes para el consumidor, sino que también cumplen con la legislación mexicana para la protección de la salud y los derechos de los consumidores.
Referencias:
- NORMA Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria.